Editorial
Labor legislativa y bicameralidad
Por Manuel Troncoso
La concentración del esfuerzo legislativo en un solo cuerpo permite localizar y maximizar los recursos de investigación, y en consecuencia, el estudio de cada medida resulta más profundo.

La función de la legislatura, se entiende, es la de crear leyes que se adapten a los nuevos tiempos y modificar las vigentes con el mismo fin. A su vez, también tiene la responsabilidad de controlar al Poder Ejecutivo. En este sentido, las preguntas que me realizo, al igual que diversos constitucionalistas es: ¿Contar con dos cuerpos legislativos (diputados y senadores) mejora estas funciones?, ¿genera mayor representatividad y le es más útil a la provincia?

Origen de la bicameralidad

La bicameralidad surge en Inglaterra como respuesta a la disparidad de intereses entre los Lores y los Comunes, es decir, entre los representantes de quienes portaban títulos y los de la burguesía. De esta forma, los que en un comienzo componían un solo cuerpo parlamentario, pasaron a dividirse en una cámara baja y una cámara alta, que se controlan mutuamente. Esto permitió la subsistencia de la monarquía, conservando el poder en un solo Parlamento, dividido en dos cuerpos.

En Argentina, la bicameralidad fue establecida como principio de federalismo, ya que se busca reflejar las diferentes realidades provinciales tanto en Diputados como en Senadores. Comprendiendo la heterogeneidad, las distintas culturas, las cualidades económicas y sociales que coexisten dentro del territorio argentino organizado en provincias, contar con dos cuerpos legislativos garantiza mayor representatividad.

Bicameralidad provincial

Analizando el caso de nuestra provincia, su composición bicameral y la función especifica de los senadores en Entre Ríos, podemos notar que las realidades culturales y sociales de cada ciudad o departamento no son tan disímiles como para justificar una representación tan específica, considerando que esta misma realentiza procesos administrativos.

Los senadores provinciales son elegidos por departamento o sección electoral, que no constituyen una unidad económico-administrativa, como las provincias, sino meras divisiones político-electorales. Esto lleva a la conclusión que se realizan diversos constitucionalistas, como Daniel Sabsay: "El unicameralismo o el bicameralismo no responde a nada racional. Es una doble cámara elegida de manera similar".

Conclusiones

Retornando a la labor legislativa, el unicameralismo suele estar mas relacionado a la eficiencia y mayor celeridad en el tratamiento de los temas. La concentración del esfuerzo legislativo en un solo cuerpo permite localizar y maximizar los recursos de investigación, y en consecuencia, el estudio de cada medida resulta más profundo. Además, el hecho de tener una segunda cámara que supervise a otra, genera proyectos con inconsistencias porque se sabe de antemano que podrian ser rectificados.

En el sentido presupuestario, no menor, atento a las circunstancias actuales y los habituales reclamos de la ciudadanía, contar con un solo cuerpo legislativo bien organizado, debería de optimizar la utilización de las finanzas provinciales.

Por último, como aclaramos en el punto de partida, si la función de la legislatura es también la de controlar al poder ejecutivo, un solo cuerpo tendría mayor concentración de fuerza. La división del poder legislativo en dos cuerpos debilita la rama legislativa frente al poder ejecutivo ya que en muchos casos el Poder Ejecutivo se escuda en fogonear los distintos intereses que representan cada una de las cámaras para bloquear diferentes temas que le son desagradables. Unificar los cuerpos otorgaría fuerzas al Poder Legislativo, alejandolo de batallas políticas y acercándolo a la representación del ciudadano.

En Conclusión, una sola cámara provincial cumpliría de forma más rápida, económica y eficaz las funciones del poder legislativo. En este momento de emergencia económica, donde se le pide a la ciudadanía esfuerzos de manera constante, abordar el debate de la bicameralidad es prácticamente obligatorio para el arco político. 

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