Las restricciones para trabajar que perduran para algunos sectores chocan contra el principio de igualdad ante la ley, ante el absurdo de actividades igualmente riesgosas y lÃcitas están permitidas. Protestas y reclamos judiciales, las alternativas para que se cumpla la Constitución. |
Durante el curso de este año y medio en que se han decretado restricciones en razón de la pandemia se han profundizado las desigualdades que ya existen desde hace tiempo en nuestro paÃs.
Más allá de las cuestiones sociales, se han incrementado las diferencias en las clases trabajadoras y en los pequeños y medianos emprendedores que se han visto afectados por el cierre de sus actividades.
Hemos visto situaciones que carecen de lógica en sentido sanitario y económico. Un claro ejemplo de ello es el de la protesta de los trabajadores del turismo y los micros de larga y media distancia, que protestan en estos dÃas porque no los dejan trabajar.
Sin embargo, los aviones salen y llegan repletos de turistas en vuelos locales e internacionales. Asà también observamos que mientras los shopping han podido abrir sus puertas, los cines y teatros esperan con ansias el fin de semana para, a duras penas, poder compensar los gastos fijos..
Otra paradoja es que pequeños comercios que vendÃan productos que no resultan esenciales han sufrido limitaciones en cuanto aperturas y horarios, pero sus productos se pueden adquirir en grandes cadenas de hipermercados .
Nuestra Constitución Nacional establece el derecho a trabajar, y fundamentalmente, la igualdad que, sin duda alguna, no ha sido contemplada al momento de dictar normas de necesidad y urgencia.
Es momento de reformular polÃticas conscientes, que respeten las garantÃas y otorguen las mismas posibilidades a todos los que quieren y precisan trabajar.
No hay fundamentos sanitarios que puedan justificar determinadas restricciones a los derechos de los trabajadores y de los empresarios. De hecho, las normas o decretos que restringen estos derechos son cuestionables desde la óptica constitucional.
Evidentemente, cortar calles o participar de manifestaciones no activan el procedimiento jurÃdico establecido para atacar estas normas. En consecuencia, quienes vean afectados sus derechos deben recurrir a la justicia para que dicho órgano pueda examinar el decreto y, en su caso, declarar la inconstitucionalidad del mismo ratificando las libertades que surgen de nuestra ley más importante que es la Constitución.
En resumen, quien sienta que los decretos puedan afectar sus derechos deben recurrir a la Justicia por medio de un recurso de amparo para lograr desactivar las limitaciones impuestas en contra de la ley, la igualdad y el derecho a trabajar consagrados en nuestra Carta Magna.
Es importante que la sociedad pueda visualizar que existen medidas injustas pero la mera manifestación o protesta resulta insuficiente como medio para lograr resultados.
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